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viernes, marzo 29, 2024
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Adhesión parcial a la Ley Nacional de Tránsito en lo referente a la Revisión Técnica Obligatoria

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La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley venido en revisión del Senado, por el cual se adhiere parcialmente a la Ley Nacional de Tránsito, en lo referente a la Revisión Técnica Obligatoria. Los Centros de Revisión tendrán 90 días para presentar su solicitud, en tanto que se asegura al menos un taller, por cada región de la provincia.

Mediante esta ley, impulsada por el Poder Ejecutivo, se sustituye el Artículo 35 de la Ley NO 9024 – de Seguridad vial, tránsito y transporte – el que dispone adherir “parcialmente a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su reglamentación, en lo que respecta al Título V, Capítulo ll, Artículo 34. Las revisiones técnicas en vehículos de uso particular estarán sometidas a la competencia de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, pudiendo ésta ejercer la prestación del servicio y su control y fiscalización en forma directa o indirecta, a partir de otorgar permisos, habilitaciones, concesiones y/o de suscribir convenios con instituciones públicas, sean o no estatales”.

“Los servicios de transporte de pasajeros y de carga de Jurisdicción Provincial serán sometidos a la revisión técnica que disponga la Dirección de Transporte en los plazos y formas que establezca la reglamentación”, agrega el texto.

Establece asimismo, que las solicitudes de habilitación de Centros de Revisión Técnica Obligatoria serán recibidas hasta 90 días corridos posteriores a la publicación de la presente Ley. Transcurrido este plazo, el Registro Provincial de Centros de Revisión Técnica Obligatoria, dependiente de la

Dirección de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, permanecerá abierto para la habilitación de nuevos centros en [os Departamentos de la Provincia en los cuales no hubiese  centros habilitados.

Asimismo e! Estado deberá garantizar la existencia de por lo menos un Centro de Revisión Técnica Obligatoria por cada zona (Gran Mendoza, Valle de Uco, Zona Este, Zona Sur).

En las localidades en las cuales no se hubiesen instalado Centros de Revisión Técnica, y el centro más cercano se encontrara a una distancia de más de 80 kilómetros y que sus características geográficas y demográficas lo justifiquen, se podrá implementar un sistema de revisiones móviles.

Por otra parte, se modifica el plazo establecido en el artículo 38 de la Resolución N° 106 de la Secretaría de Servicios Públicos, el cual empezará a correr a partir del 1 de Marzo del año 2021, prestando especial atención en cuanto a su reglamentación, a la disponibilidad de turnos y [a cantidad de Centros de Revisión Técnica Obligatoria habilitados.

En la fundamentación, entre otros aspectos, se explica que con esta ley se faculta “a la Dirección de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial para llevar a cabo la implementación, control y fiscalización del sistema provincial de Revisión Técnica en vehículos de uso particular. Asimismo, se mantiene la redacción originaria en lo atinente a la Revisión Técnica Obligatoria en materia de Transporte de carga y de pasajeros de Jurisdicción Provincial”.

Por otra parte, se disponen los plazos para la recepción de las solicitudes de habilitación para nuevos centros de revisión técnica obligatoria y se propone “contemplar la situación de localidades alejadas de los grandes centros urbanos y que por sus características geográficas y demográficas lo justifiquen, permitiendo implementar revisiones móviles, hasta tanto se instalen talleres fijos”, añade.

Destaca finalmente, que con la implementación de este sistema, en forma coordinada con la máxima autoridad Nacional en materia de Seguridad Vial, “se contribuye a la reducción de la siniestralidad y se avanza en un aspecto, el estado de los vehículos, que ha sido postergado por años en la Provincia de Mendoza”.

Adrián Reche (UCR), dijo al respecto que esta Ley “implica una adecuación del artículo 35 lo que lleva a una adhesión parcial a la ley nacional en cuanto a las revisiones técnicas. También mantiene las disposiciones sobre el transporte de cargas; da 90 días para recibir solicitud de nuevos talleres y dispone que para las localidades que no cuenten con talleres, se podrá implementar un sistema de revisiones móviles.

Por su parte, tanto Mario Vadillo (Protectora Línea Fundadora) como Mailé Rodríguez (FIT), coincidieron en adelantar su voto negativo por considerar que “será una concentración económica” y que “no contempla una tarifa social para las personas de bajos recursos”.

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