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jueves, marzo 28, 2024
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Diputados dio sanción final a la prohibición de equiparar cargos en el Estado Provincial

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La Cámara de Diputados, en su sesión de tablas, dio sanción definitiva al proyecto del Poder Ejecutivo por el que se establece la prohibición de equiparación de cargos y/o retribuciones al personal del Estado Provincial.

La Ley fue aprobada por mayoría, con el voto afirmativo del Interbloque Cambia Mendoza y del PI,  y dispone  que “ningún acto administrativo o disposición podrá equiparar mecanismos de retribución por funciones y/o tareas distintas a las efectivamente prestadas por funcionario, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sus reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas, cuentas especiales o sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria”.

En un plazo máximo de 30 días a partir de la publicación de esta normativa, todos los organismos del Estado incluidos, deberán adecuar las situaciones irregulares que existiesen.

Por otra parte, se suprimen todos los cargos de funcionarios equiparados a magistrados existentes en la planta de personal de las unidades organizativas que conforman el Poder Judicial de la Provincia. “con excepción sólo de aquellos que han sido cubiertos o asignados para el desempeño de las categorías incluidas en Planilla Anexa N° 2-A de la Ley N° 4322, y siempre que se hayan estado cumpliendo las funciones jurisdiccionales allí descriptas al 1 de febrero de 2020. No obstante, lo anterior, no podrán existir ni cubrirse cargos de secretarios relatores en proporción mayor a 5 funcionarios por Ministro de cada sala jurisdiccional. En caso de que a la entrada en vigencia de la presente, se excediera dicha cantidad máxima, los cargos excedidos no podrán ser nuevamente cubiertos cuando quedaren vacantes”

Por otra parte, se encuentran exceptuados, asimismo, todos aquellos cargos que hubiesen sido designados en esas categorías salariales por expresa previsión o autorización legal, siempre que los mismos estuviesen cubiertos al día 1 de febrero del 2020 para el cumplimiento efectivo de las funciones previstas por la ley habilitante”.

“En el caso de producirse vacantes o nuevas designaciones de Secretarios Relatores, las mismas serán cubiertas por concurso”.

Entre otras disposiciones, se autoriza además a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa a realizar las adecuaciones escalafonarias (régimen salarial) y de registración contable que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.

Daniela García (UCR), indicó al respecto en el recinto, que “en el mes de marzo fue de público conocimiento la situación de un grupo de agentes públicos que estaban incluidos en un régimen salarial que no correspondía de acuerdo a la funciones que desarrollan en el ámbito del Poder Judicial”, con lo cual el Ejecutivo decidió enviar este proyecto.

“Obviamente debe corresponderse la función que se realiza con el sueldo y la responsabilidad”, indicó, por lo que se dispuso “eliminar los equiparados por acordada, que es una disposición administrativa”. Todo ello, teniendo en cuenta que el sistema de empleo público supone la competencia constitucional del Poder Legislativo a fin de regularlo, conforme las previsiones del Artículo 99 inc. 9) de nuestra carta fundamental, tal como señalan los fundamentos del proyectos.

“Tal previsión constitucional se ha cumplido con la regulación de las relaciones de empleo con el Estado mediante el Estatuto General, los escalafones y la Ley General de Sueldos y Licencias”, indica el texto, a lo que García añadió que en el caso del Poder Judicial se ha plasmado esta regulación en la Ley Nº 4322 y concordantes.

“Con esta Ley se viene a saldar esta asimetría y esta disparidad para que (los equiparados) vuelvan a cumplir la función y tengan la remuneración adecuada como otro agente que trabaja en el mismo ámbito”, subrayó.

Mercedes Llano (PD), expresó por su parte que “vemos con buenos ojos esta restricción no sólo en el Poder Judicial sino en todos los poderes del Estado. Es un paso muy significativo para construir un sistema salarial mucho más ecuánime y sano, donde los niveles salariales sean acordé a la responsabilidad y que premien el esfuerzo y el mérito”.

También Jorge López (UCR), sostuvo que “este proyecto avanza en situaciones poco deseables en  un ámbito del Estado como es el Poder Judicial. Por más que muchos traten de decir lo contrario, corta con los privilegios de los cargos equiparados y avanza sobre otros Poderes del Estado”.

Por su parte, Liliana Paponet y Germán Gómez (FdT-PJ), adelantaron el voto negativo del bloque al señalar que esta Ley “afectará a algunos si, pero a otros no. Se van a seguir generando nuevos mecanismos de desigualdad ”. De igual forma se expresó Mailé Rodriguez (FIT), quien sostuvo que “no defendemos a la casta judicial pero esta ley limita sólo a algunos”. Mario Vadillo, de Protectora, opinó en la misma línea y añadió que “decimos que no” porque estamos hablando de agentes que “ni siquiera son abogados y algunos cobran como jueces”.

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